Patrimonio Histórico Andaluz del Palacio de los Marqueses del Almanzora
Inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz del Palacio de los Marqueses del Almanzora, en Cantoria (Almería)
.I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1981, de 30 dediciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en suartículo 12.3, refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece entre ellos, el de afianzar la conciencia de identidad andaluza, a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y lingüísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad,atribuyendo a la misma, en el artículo 13.27, la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monu-mental, arqueológico y científico.
En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 1/1991, de 3 dejulio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, se crea el Catálogo Generaldel Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndosele a la Consejería de Cultura la formación y conservación del mismo.
El artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdocon el artículo 5.1 del citado Reglamento, el titular de la Dirección General de Bienes Culturales el órgano competente para incoar y tramitar los procedimientos de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
Por Resolución de 1 de junio de 1999 (BOJA núm. 73, de 26 de junio), se delegó en las Delegaciones Provinciales la competencia para tramitar dichos procedimientos
.II. El Palacio de los Marqueses del Almanzora de Cantoria(Almería) es uno de los escasos ejemplares conservados de vivienda con marcadas pretensiones palaciegas existentes en esta provincia.Especialmente destacables son sus fachadas y el patio, en los que se puede percibir el abandono de las fórmulas estéticas del barroco a favor de las academicistas.Por todo lo cual, a la vista de la propuesta formuladapor el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía,y en el ejercicio de sus competencias según lo establecido en el artículo 5.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía y el artículo 5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 19/1995, de 7 de febrero, R E S U E L V O
Primero. Incoar el procedimiento para la inscripción, concarácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz del Palacio de los Marqueses del Almanzora, en Cantoria (Almería), cuya denominación, descripción y delimitación figuran en el Anexo a la presente Resolución.
Segundo. Proceder a la anotación preventiva de dicho Bien en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
Tercero. Hacer saber a los propietarios, titulares de dere-chos o simples poseedores de los bienes, que tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores.Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.
Cuarto. Continuar con la tramitación del procedimiento, de acuerdo con las disposiciones en vigor.
Quinto. Ordenar que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 2 de noviembre de 2004.
Denominación: Palacio de los Marqueses del Almanzora.Provincia: Almería.Municipio: Cantoria.Entidad Local Menor: Almanzora.
Página 27122 del BOJA nº 229 de 23/11/2004
FUENTE:
rioalmanzora.com/noticias/archivos/2004/11/02/palacio-de-los-marqueses-del-almanzora/#more-47
.I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1981, de 30 dediciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en suartículo 12.3, refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece entre ellos, el de afianzar la conciencia de identidad andaluza, a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y lingüísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad,atribuyendo a la misma, en el artículo 13.27, la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monu-mental, arqueológico y científico.
En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 1/1991, de 3 dejulio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, se crea el Catálogo Generaldel Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndosele a la Consejería de Cultura la formación y conservación del mismo.
El artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdocon el artículo 5.1 del citado Reglamento, el titular de la Dirección General de Bienes Culturales el órgano competente para incoar y tramitar los procedimientos de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
Por Resolución de 1 de junio de 1999 (BOJA núm. 73, de 26 de junio), se delegó en las Delegaciones Provinciales la competencia para tramitar dichos procedimientos
.II. El Palacio de los Marqueses del Almanzora de Cantoria(Almería) es uno de los escasos ejemplares conservados de vivienda con marcadas pretensiones palaciegas existentes en esta provincia.Especialmente destacables son sus fachadas y el patio, en los que se puede percibir el abandono de las fórmulas estéticas del barroco a favor de las academicistas.Por todo lo cual, a la vista de la propuesta formuladapor el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía,y en el ejercicio de sus competencias según lo establecido en el artículo 5.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía y el artículo 5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 19/1995, de 7 de febrero, R E S U E L V O
Primero. Incoar el procedimiento para la inscripción, concarácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz del Palacio de los Marqueses del Almanzora, en Cantoria (Almería), cuya denominación, descripción y delimitación figuran en el Anexo a la presente Resolución.
Segundo. Proceder a la anotación preventiva de dicho Bien en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
Tercero. Hacer saber a los propietarios, titulares de dere-chos o simples poseedores de los bienes, que tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores.Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.
Cuarto. Continuar con la tramitación del procedimiento, de acuerdo con las disposiciones en vigor.
Quinto. Ordenar que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 2 de noviembre de 2004.
Denominación: Palacio de los Marqueses del Almanzora.Provincia: Almería.Municipio: Cantoria.Entidad Local Menor: Almanzora.
Página 27122 del BOJA nº 229 de 23/11/2004
FUENTE:
rioalmanzora.com/noticias/archivos/2004/11/02/palacio-de-los-marqueses-del-almanzora/#more-47
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